Poder sin control: La imposibilidad de adelantar procesos para exigir responsabilidades a los jueces en Colombia

Authors

  • Miguel Angel Garcés Villamil Abogados asociados

DOI:

https://doi.org/10.15665/rj.v8i2.168

Keywords:

División de Poderes, Independencia Judicial, Juicio, Poder Judicial, Reforma, Responsabilidad

Abstract

La existencia de pesos y contrapesos en un Estado de Derecho garantiza la libertad y promueve el control entre los poderes
públicos. En Colombia a partir de 1991 el poder judicial ocupa una posición preponderante. El nuevo rol de los jueces les ha permitido ganar un importante espacio de influencia en las decisiones del Estado. Aunque formalmente están diseñados los mecanismos legales para investigar la actividad de miembros de las Altas Cortes de Justicia cuando cometen acciones contrarias a la ley, en la realidad no ha sido posible poner en marcha estas normas. Como consecuencia de lo anterior existe de hecho una especie de intangibilidad de los jueces, la cual impide que sean investigados o procesados cualquiera sea su conducta. En este articulo de reflexión sobre el tema se plantea la necesidad de una reforma que permita activar los mecanismos de control a los jueces para impedir la existencia de poderes sin control y hacer realidad el principio de igualdad de los ciudadanos ante la ley.

References

Carrillo Flores, F (1999). Los retos de la reforma de la justicia en América Latina. En Reforma Judicial en América Latina: una

tarea inconclusa. Bogotá: Corporación Excelencia en la Justicia.

Castagnola, A. (2010). La Diversidad Institucional de los Poderes Judiciales Provinciales en Argentina desde una perspectiva

histórica, en Revista PostData Volumen 15, Octubre 2010/No.2, Edic. Grupo Interuniversitario Postdata,

Buenos Aires.

Diario El Tiempo (1993). Quieren Aniquilarnos Moralmente. Sección Información General Auto Jorge Gonzalez, 28 de julio

de 1993

Diario El Tiempo (1998). Pablo Ardila apoyado en diligencias vía celular. Octubre 23 de 1998.

Leiras M (2004). ¿De qué hablamos cuando hablamos de instituciones informales?, en Arturo Fernández, Comp. Estudios de

Política Comparada. Rosario: Universidad Nacional de Rosario.

Lechner N (2006), La Crisis del Estado en América Latina, Obras Escogidas, Editorial LOM, Santiago de Chile.

Montesquieu Ch (2000). Capítulo VI Ediciones Istmo .

North, D (1993) Instituciones, cambio institucional y desempeño económico. Fondo de Cultura Económico México.

Prats J (2002) Instituciones y desarrollo en América Latina ¿Un rol para la ética?, junio de 2002 disponible en http://www.

uoc.edu/web/esp/art/uoc/prats0502/prats0502.html consultado abril 10 de 2012.

Proyecto sobre Independencia y Acceso a la Justicia en América Latina http://www.apdh-argentina.org.ar/piajal/

proyecto.htm. Consultado abril 16 de 2012.

Quinche Ramírez F (2009). Derecho Constitucional Colombiano De la carta de 1991 y sus Reformas. Tercera Edición, Editorial

Universidad del Rosario, Bogotá.

Real Academia Española (1992) Diccionario de la Lengua Española, 21. Edición, Madrid.

García- Mansilla M (2004) La Corte Suprema y el Juicio Político. Públicado en Diario de Doctrina y Jurisprudencia El Derecho,

Buenos Aires, viernes 4 de junio de 2004.

Rousseau J, Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres,(1754) 2007, Ediciones Folio, España.

Santaolalla López F (2004), Derecho Constitucional. Edit Dykinson, Madrid.

Santos Briz, J.(1986) La responsabilidad Civil. Derecho Sustantivo y procesal: Montecarlo. Madrid

Transparencia. Barometro Global de la Corrupción. Transparencia Internacional, 2004-2011disponible en www.transaprencia.

org.es . consultado abril 10 de 2012

Vargas Hernández J. (2005) Análisis de Fundamentos de la Teoría Institucional en Revista Digital Universitaria, México,

Universidad Autónoma de México, Volumen 6 disponible en www.revista.unam.mx/vol6/num8/art84/

ago_art84.pdf consultado abril 10 de 2012.

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Section

Artículos