El derecho humano a la propiedad colectiva de las comunidades negras en Colombia. Elementos para la construcción de una línea jurisprudencial
DOI:
https://doi.org/10.15665/rj.v13i1.1517Palabras clave:
Comunidades negras, derecho humano, línea jurisprudencial, propiedad colectiva.Resumen
La Carta Política de Colombia de 1991 institucionalizó el derecho a la propiedad colectiva de las comunidades negras sobre sus territorios ancestrales por medio del artículo 55 transitorio. En virtud de esta consagración normativa, la Corte Constitucional ha ratificado su carácter de derecho. Igualmente, el derecho internacional de los derechos humanos ha evolucionado de manera que hoy en día se reconocen como derechos humanos los derechos relativos a las minorías étnicas. En este artículo con resultados de investigación se construyó una línea jurisprudencial con soportes conceptuales y normativos que demuestra que, por sus particularidades, el derecho a la propiedad colectiva de las comunidades negras puede ser categorizado como derecho humano. La investigación es de corte analítico-conceptual, normativo y jurisprudencial, utilizó la metodología de construcción de línea jurisprudencial propuesta por Diego Eduardo López Medina (2006) y la entrevista semi-estructurada como método de recolección de información, para identificar las peculiaridades que categorizan la propiedad colectiva de las comunidades negras, como derecho humano y los criterios o estándares jurídicos que deben emplearse para su interpretación.
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